¿Qué está pasando con Garzón? – por Alba Marcellán

Parte I, 25 de abril de 2010: Ante la controversia que está suscitando el proceso contra Garzón en el Tribunal Supremo, no me resisto a escribir algo al respecto – con el objetivo, como siempre, de continuar el debate y seguir intercambiando ideas…

Para empezar, explicando los tres frentes que tiene abiertos ante el Tribunal Supremo.

a. Por la investigación que inició contra una trama de corrupción que afecta a miembros del Partido Popular (el denominado caso Gürtel, que en alemán significa cinturón, y que hace referencia al apellido del principal acusado: Francisco Correa), y en el marco de la cual, le acusan de haber llevado a cabo grabaciones de conversaciones entre los imputados y sus abogados sin las debidas autorizaciones legales.

b. Por la supuesta financiación de unos cursos que dio en el Centro Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York a cargo del Banco Santander, a cambio de archivar una demanda contra el presidente del Banco, Emilio Botín.

c. Y, el que convocaba a manifestación el pasado sábado, por prevaricación [dictar una resolución judicial a sabiendas de que es incorrecta] en el caso de los desaparecidos durante la guerra civil. ¿Y cuáles son los hechos tan controvertidos que nos han sacado a la calle? ¿En qué va el proceso?

1. La controversia surge ante el debate sobre si las desapariciones durante la guerra civil se pueden considerar crímenes de lesa humanidad, y, en caso de responder positivamente, si Garzón tenía o no competencia para investigarlos tras la querella interpuesta por asociaciones de la memoria histórica.

Los detractores alegan que la Ley 46 de 1977, más conocida como la Ley de la Amnistía, cerró la puerta a abrir este tipo de casos. Pero la Ley establece en su artículo 1 sólo amnistía para delitos de tipo político (con el objetivo de facilitar así la transición). La desaparición forzada se configura como delito de lesa humanidad en diferentes tratados internacionales (entre ellos el Estatuto de la Corte Penal Internacional), de los cuales España es parte, y que se deben tener en cuenta a la hora de aplicar nuestra Constitución (artículo 9.2 de la Constitución). Dichos delitos, deben ser investigados y procesados, según señala la Ley, por la Audiencia Nacional, de la cual, como todos sabéis, Garzón es Magistrado-juez.

Ante delitos de lesa humanidad, los instrumentos internacionales señalan que las víctimas tienen derecho a la justicia, la verdad, y la reparación. El primero difícilmente lo lograrán en España; muchos de los culpables han muerto o por su edad, como ya ocurriera con Pinochet, sería difícil garantizar una condena efectiva. El segundo, se ha ido construyendo con el paso de los años, las investigaciones y libros que se han ido publicando por unas partes y otras. Y el tercero busca compensar a las víctimas, por vía económica o a través de actos de perdón, de rehabilitación, y garantías de no repetición. En España, los familiares de las víctimas claman en particular recuperar los restos de las más de 130.000 personas que siguen enterradas en cunetas de carreteras por diferentes regiones de la geografía española. Lo cual no persigue, como alegan algunos, re-abrir heridas, si no, más bien, cerrarlas y dejar que los muertos puedan descansar en paz…

2. ¿Y en qué va el proceso? Tras el archivo de la querella por Garzón, y su traslado a juzgados autonómicos para que diesen curso a las investigaciones, el autodenominado sindicato Manos Limpias, y la Falange Española, interpusieron una querella contra Garzón por prevaricación.
La querella adolecía de manera tan flagrante de sustanciación jurídica, que el juez que lleva el caso (Luciano Varela), les tuvo que pedir que reformulasen su escrito, y en particular que eliminasen las consideraciones personales sobre el juez, que no venían a aportar nada al proceso.

El pasado jueves acababa el plazo y la Falange no llegó a tiempo para presentar su escrito revisado; así que han quedado fuera del proceso. Sigue Manos Limpias dando guerra.
Con base en la acción de Manos Limpias, Varela quiere acelerar el proceso, a través de un juicio oral, que significaría que en poco tiempo, Garzón podría quedar inhabilitado para poder seguir ejerciendo sus funciones (el tiempo, está por determinar).

No obstante, la Fiscalía se ha «rebelado» y ha alegado que con base en doctrina del Tribunal Supremo (dictada, curiosamente en un caso contra Emilio Botín), no se puede abrir un juicio oral en un caso como éste, ya que la Fiscalía, no ha hecho ninguna acusación formal contra Garzón.

La semana que viene, los Magistrados, tienen que decidir si admiten la tesis de la Fiscalía, y archivan el caso; o si aceptan la solicitud de Varela, y dan apertura al juicio oral. Y por otra parte, se tendrá que ver si finalmente prospera la solicitud de Garzón de apartar del proceso a Varela, por considerar que no va a actuar de manera parcial e independiente.

De abrirse el juicio oral, y suspenderse posiblemente a Garzón, las víctimas vuelven a perder la batalla – y tantos otros procesos que están en la mesa de Garzón, quedarán paralizados al menos temporalmente… Terrible golpe a la justicia española, que hasta ahora se ha constituido en un referente para la lucha contra la impunidad en otros países…

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