20/8/08 Pilar
Después de un par de discusiones sobre el tema, creo que es apropiado traer la cuestión al blog y lo haré, como no podía ser de otra forma, dando mi opinión. Copio abajo del todo una breve descripción del sistema electoral vigente, obtenida de http://aceproject.org/main/espanol/es/esy_de.htm que me ha servido de fuente general.
Antes de nada hay que reflexionar sobre el debate último que subyace en la opción por cualquier sistema electoral, es decir, la tensión existente entre la gobernabilidad y la representación. Una ley que de prioridad a la representación permitirá el acceso al parlamento a muchos partidos y un parlamento fragmentado en definitiva va en contra de la gobernabilidad efectiva del país. En el extremo opuesto está el sistema mayoritario que facilita al partido vencedor la gestión del poder a expensas de los demás partidos, como es el caso de Reino Unido. No hace falta decir que lo ideal es una solución intermedia.
El sistema en vigor es un sistema proporcional corregido. Se ha hecho primar al objetivo de la proporcionalidad con ciertas correcciones para hacerlo gobernable. El efecto es que se beneficia a los dos partidos con mayor número de votos y a los partidos nacionalistas. Como refleja la tabla con los resultados de las elecciones generales de 2008, (Wikipedia forever), al final CIU tiene 10 escaños con menos de 800 mil votos mientras que IU se queda con 2 escaños a pesar de su casi millón de votos y el PNV obtuvo 6 escaños frente al solitario escaño para UPyD a pesar de tener el mismo número de votos.
Elecciones generales españolas, 9 de marzo de 2008 | ||||||
Partido | Votos | % | Dif. | Escaños | % Esc. | Dif. |
Partido Socialista Obrero Español (PSOE) | 11.288.698 | 43,87 | +1,28 | 169 | 48.29 | +5 |
Partido Popular (PP) | 10.277.809 | 39,94 | +2,23 | 154 | 44.0 | +6 |
Convergència i Unió (CiU) | 779.425 | 3,03 | -0,20 | 10 | 2.86 | = |
Partido Nacionalista Vasco (EAJ/PNV) | 306.128 | 1,19 | -0,44 | 6 | 1.71 | -1 |
Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) | 298.139 | 1,16 | -1,36 | 3 | 0.86 | -5 |
Izquierda Unida (IU) | 969.871 | 3,77 | -1,19 | 2 | 0.57 | -3 |
Bloque Nacionalista Galego (BNG) | 212.543 | 0,83 | +0,02 | 2 | 0.57 | = |
Coalición Canaria (CC) | 174.629 | 0,68 | -0,23 | 2 | 0.57 | -1 |
Unión Progreso y Democracia (UPyD) | 306.078 | 1,19 | n/a | 1 | 0.29 | +1 |
Nafarroa Bai (Na-Bai) | 62.398 | 0,24 | = | 1 | 0.29 | = |
¿Es injusto que partidos nacionales minoritarios como IU tengan menos escaños con más votos? Desde mi punto de vista no, o por lo menos no hay nada de base que sea injusto. Se ha dedo prioridad a un objetivo a expensas de la pura proporcionalidad. Por cierto, no existe ningún país europeo que tenga un sistema puramente proporcional, entre otras cosas porque experimentos pasados demostraron ser un desastre, (e.j. la IV República francesa).
Me gustaría que los que seguís más de cerca de UPyD me explicaseis mejor como se combinan los propósitos de cambiar el sistema electoral para desfavorecer a los partidos nacionalistas y a la vez se fomenta un mayor federalismo. ¿Cómo se le quita poder en el parlamento a lo partidos regionalistas y a la vez se promueve mayor federalismo? Pues es incompatible, obviamente, y lo que subyace es una visión del federalismo en la gestión, sustancialmente diferente de un federalismo genuino. Otra cosa es que haya quien no está a favor de un sistema más descentralizado, pero no escondamos nuestros gustos detrás de juegos de palabras.
Para empezar, el sistema de las elecciones generales se basa en la circunscripción provincial; esto hace que cada individuo vota a los diputados que se presentan por su provincia y que irán al Congreso. Otra cuestión relacionada es la del peso del Senado y el reparto de poder a nivel institucional. Dado que hoy por hoy el Senado tiene muy poco poder, cambiar el sistema electoral en un sentido que perjudique a los partidos regionalistas sería un atentado directo a sus competencias. Al final la representación parlamentaria es clave en dos aspectos: para la producción legislativa y para la determinación del ejecutivo. Es en el último punto donde ganan un peso clave los partidos nacionalistas, pero el primero no es menos importante. No se puede pretender ir de federalista y centralista a la vez, como me da la impresión que hace UPyD.
Además, dada la dinámica existente de los partidos nacionalistas hacia el separatismo, ¿no sería peor expulsarles del Congreso, órgano donde jurídicamente reside la soberanía nacional? Un cambio que atacase a los partidos fuertes de las autonomías solo subrayaría las diferencias.
¿Acaso los partidos generales / nacionales tienen mayor legitimidad que los regionales / nacionalistas? El interés de los españoles es otro de los argumentos esgrimidos a favor de un cambio en el sistema electoral. Supuestamente tienen más legitimidad de cara a unas elecciones generales los partidos que tienen aspiraciones nacionales y no sólo regionales. Esto ya es un tema muy subjetivo, pero yo no creo que haya nada como “el interés de los españoles” sino que España es la suma de todos. No hay una España repartida de forma homogénea por todo el territorio, sino que España es la suma de los catalanes, los vascos, los gallegos, los andaluces, los baleares, etc…(perdón por no mencionar a todos). Al final no estoy de acuerdo con que IU vaya a defender mejor el interés de nadie.
Finalmente, sólo decir que el sistema español es una de tantas fórmulas para solucionar la tensión entre poder territorial y poder central. En Alemania se ha recurrido a un sistema de doble voto, con lo que cada ciudadano vota una vez por su distrito y otra vez por partido político. En EEUU y Francia el sistema presidencial marca dinámicas diferentes. El sistema estadounidense hace que los Estados tengan distinto peso en el Congreso que a su vez determinarán su poder a la hora de nombrar al presidente, pero fomenta un sistema mayoritario abrumador. En Francia el presidente se vota a nivel general, mientras que a nivel parlamentario (que determina al Primer Ministro) y a nivel autonómico se buscan fórmulas que equilibran el poder de las regiones. En Reino Unido se usa un sistema mayoritario más extremo.
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“El fuerte peso histórico que tienen los distintos territorios en España hizo que el modelo de sistema electoral adoptado a partir de 1977 tuviera que equilibrar la componente puramente poblacional (asignar en cada demarcación territorial un número de diputados a elegir en función del número de habitantes de derecho) con una fórmula que permitiese que la población de cada territorio tuviera un mínimo de representación en función de la variable territorial. Hay que señalar que España es un país caracterizado por tener grandes desequilibrios demográficos en su territorio. Así el sistema electoral adoptado respecto a la asignación de escaños por circunscripción se basó en un sistema de dos niveles de representación proporcional, que combinaba las elecciones en el ámbito provincial con las listas nacionales de partidos. La circunscripción quedó delimitada territorialmente vinculada a la división de España en provincias (existen 50 provincias), a las que se añadieron dos circunscripciones correspondientes a dos ciudades españolas situadas fuera de la península. La distribución de los 350 escaños del Congreso se hizo de forma que cada circunscripción tuviese asignados de forma fija 2 escaños sobre la base territorial, distribuyéndose el resto de los escaños asignados a cada circunscripción en función de la variable población.”
“Para compensar los efectos de la asignación de escaños a las circunscripciones sobre la base de este sistema mixto territorial-poblacional (lo que favorecía a unas candidaturas más que a otras) el sistema electoral buscó un elemento corrector en la formula destinada a transformar los votos en escaños. Se desistió de los sistemas mayoritarios, tales como el de mayoría simple en distritos uninominales o el de doble vuelta, que habrían acentuado los efectos desproporcionados de la estructura de dos niveles, y se optó por el sistema de listas cerradas de representación proporcional de partidos, aplicando la fórmula d’Hondt d’Hondt para la adjudicación de los escaños. A su vez se estableció en un mínimo del 3 % de los votos en cada circunscripción la barrera de exclusión para que una candidatura entrara en el reparto de escaños.”
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